sucesiones y herencias
Sucesiones y Herencias

¿Es lo mismo separación y divorcio?

La separación supone el cese efectivo de la convivencia entre los miembros de la pareja, pero legalmente siguen casados.

La separación puede ser de hecho (si no existe una resolución judicial que lo acuerde) o de derecho (cuando hay un procedimiento judicial o ante notario que fije las medidas que tendrán efectos frente a terceros).

La separación la encontramos regulada en los artículos 81 y siguientes del Código Civil.

Por su parte, el divorcio implica la ruptura del vínculo matrimonial con efectos jurídicos, esto es, los cónyuges dejan de serlo porque han puesto fin al matrimonio.

El divorcio, junto con el fallecimiento, son las únicas formas de disolver el matrimonio.

El divorcio se regula en el artículo 85 y siguientes del Código Civil.

En consecuencia, las diferencias que encontramos entre uno y otro son:

  1. En la separación, los cónyuges siguen casados, mientras que tras el divorcio, dejan de estarlo.
  2. A consecuencia de lo anterior, las personas que están separadas no pueden volver a casarse, ni siquiera entre sí. En cambio, después del divorcio, existe plena libertad para casarse de nuevo, incluso con la misma persona.
  3. La reconciliación tras el divorcio no tiene efecto jurídico alguno, por lo que las dos personas tendrán que volver a contraer matrimonio si quieren volver a estar casadas. Sin embargo, en el caso de la separación, la reconciliación sí surte efecto si se comunica al juzgado correspondiente, restableciéndose la situación anterior.

 

¿Si me quiero divorciar, qué tramites tengo que seguir?

Para los trámites de separación y divorcio existen dos tipos de procedimientos: de mutuo acuerdo o contencioso. La diferencia es llegar a un acuerdo entre ambos cónyuges sin necesidad de que el/la juez/a intervenga en la regulación de la nueva convivencia por separado; mientras que en el caso del contencioso, no ha sido posible alcanzar un acuerdo y será el/la juez/a quien decida sobre las consecuencias legales de la nueva realidad.

A) Procedimiento de mutuo acuerdo: las partes, junto con sus abogados, presentan demanda de divorcio de mutuo acuerdo que acompañan de convenio regulador. El Juez solo tendrá que aprobar el convenio y dictar sentencia reconocido la nueva situación de ambas partes.

B) Procedimiento contencioso: este procedimiento tiene lugar cuando no ha sido posible alcanzar un acuerdo entre las partes. En este caso será el/la juez/a quien fije las medidas derivadas de la separación o divorcio en función de las peticiones realizadas y justificadas por cada cónyuge.
Este proceso contencioso puede transformarse en uno de mutuo acuerdo en cualquier momento, siempre que las partes lleguen a un entendimiento.

 

¿Qué medidas se regulan en la separación o divorcio?

Tanto en el divorcio como en la separación, haya o no acuerdo previo, deberán regularse necesariamente las siguientes medidas:

  • Patria potestad de los menores
  • Guarda y custodia de los hijos menores
  • Régimen de visitas y comunicaciones con los hijos menores
  • Uso y disfrute de la vivienda familiar
  • Pensión de alimentos a favor de los hijos comunes
  • Pensión compensatoria
  • Pensión regulada en el artículo 1438 Código Civil en el régimen de separación de bienes
  • Contribución a las cargas del matrimonio

Actualmente no es necesario alegar causa alguna para solicitar la separación o el divorcio. La única exigencia legal es que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, a no ser que exista riesgo para la vida, la integridad física moral o sexual del cónyuge que lo solicita o de los hijos del matrimonio.

 

Efectos de la sentencia de separación o divorcio.

La sentencia firme de separación o divorcio o la escritura pública formalizando el convenio regulador, produce los siguientes efectos:

  • Los cónyuges podrán vivir separados y cesa la presunción de convivencia conyugal.
  • Se revocan todos los consentimientos y poderes que un cónyuge hubiera otorgado a favor del otro.
  • Cesa la posibilidad de vincular los bienes del otro miembro de la pareja en el ejercicio normal de la vida doméstica.
  • Se produce la disolución o extinción del régimen económico matrimonial y su liquidación, si hubiera mutuo acuerdo entre los cónyuges sobre ese punto.
  • Se determina la custodia de los hijos y el régimen de visitas del cónyuge que no los tenga en su compañía, en su caso.
  • Se decide sobre la atribución del uso de la vivienda común y del ajuar familiar.
  • El cuidado futuro de los animales de compañía de la pareja y el reparto de las cargas que conlleve.
  • En su caso, se fija la pensión alimenticia para los hijos y la pensión compensatoria a favor de uno de los miembros de la pareja.
  • Se envía copia de la sentencia o decreto de separación al Registro Civil para su inscripción y generación de efectos frente a terceros.
  • En el supuesto de la separación, si hay reconciliación será necesario ponerlo en conocimiento del juez que se haya entendido del proceso judicial, o, en su caso, habrá que formalizarla ante notario o letrado de la Administración de Justicia del mismo modo que se llevó a cabo la separación. La reconciliación también deberá inscribirse en el Registro Civil. En caso de divorcio, como hemos visto, se disuelve el vínculo matrimonial.

 

¿Qué es mejor, separación o divorcio?

Optar por la separación o el divorcio es una decisión muy personal, y depende de los efectos buscados por los cónyuges y del carácter irreversible o no de la ruptura matrimonial.

Como indicábamos anteriormente, la separación deja abierta la puerta a una reconciliación, ya que supone más una suspensión de los efectos del matrimonio que su terminación, mientras que el divorcio, por su parte, supone una ruptura definitiva, aunque nada impide que los excónyuges vuelvan a contraer matrimonio entre sí.

En cualquier caso, una separación legal es una buena forma de regular los efectos de una crisis matrimonial y la consecuente falta de convivencia de la pareja, aunque dichos efectos sean temporales. Por el contrario, si uno de los cónyuges, o los dos, tienen claro que la relación se ha terminado y que la ruptura es definitiva, lo más práctico es optar por el divorcio.

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